Novedades tributarias en el IRPF

Novedades tributarias en el IRPF (Ley Orgánica 1/2025)
Con efectos desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 introduce importantes cambios en la Ley del IRPF (Ley 35/2006). Estas modificaciones afectan a las exenciones fiscales relacionadas con indemnizaciones y anualidades. A continuación, detallamos los cambios más relevantes:

  1. Ampliación de exenciones por indemnizaciones por daños personales (art. 7.d)
  • Se amplía la exención prevista para las indemnizaciones derivadas de responsabilidad civil por daños personales, abarcando nuevas situaciones.
  • Ejemplo práctico:
    Antes, solo estaban exentas las indemnizaciones fijadas judicialmente. Ahora, también se incluyen indemnizaciones pactadas en procedimientos de mediación, siempre que estén debidamente justificadas.
  1. Aclaración sobre indemnizaciones por despido o cese (art. 7.e)
  • Se precisa que la exención se aplica únicamente a indemnizaciones dentro de los límites establecidos por el Estatuto de los Trabajadores. Las cantidades que excedan de dichos límites tributarán como rendimientos del trabajo.
  • Ejemplo práctico:
    Si un trabajador es despedido con una indemnización de 30.000 euros y el límite legal es de 25.000 euros, los 5.000 euros restantes estarán sujetos a IRPF.
  1. Exención de anualidades por alimentos (art. 7.k)
  • Se clarifica que las anualidades percibidas de los padres, en virtud de un convenio regulador, están exentas de tributar cuando se fijen por convenio regulador o equivalente aprobado por la autoridad judicial.
  • Ejemplo práctico:
    Un padre que, según un convenio regulador aprobado judicialmente, abona 500 euros mensuales para la manutención de su hijo podrá beneficiarse de esta exención. Sin embargo, si no existe un convenio regulador formalizado, esta exención no será aplicable.

¿Qué implican estos cambios para los contribuyentes?

  • Mayor seguridad jurídica: La aclaración en la redacción de las exenciones elimina dudas interpretativas.
  • Ampliación de beneficios fiscales: Las indemnizaciones y anualidades que ahora se incluyen en las exenciones pueden suponer un ahorro tributario para ciertos contribuyentes.